FUE NEGADA LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE FUERON EXPEDIDOS POR LA AEROCIVIL, LOS CUALES SUSPENDÍAN LAS OPERACIONES DE AIRES

16.10.2018

En Sentencia No. 25000232400020090034801 del 2018 con Consejera Ponente Rocío Araujo Oñate, la Sección Quinta del Consejo de Estado, al resolver la demanda impetrada que solicitaba la nulidad de los actos administrativos proferidos por la Aeronáutica Civil, loa cuales ordenaron la suspensión de operaciones de las sociedad Aires S. A., en el aeropuerto de Medellín, porque las realizaba vía puntos intermedios desde ciudades no incluidas en las regiones definidas expresamente en las normas de conexión del aeropuerto, se negó la nulidad. 

Indicó el Consejo de Estado que, como la compañía se encontraba operando una ruta que no estaba autorizada, la mencionada suspensión no iba en contra de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima dado que, no puede pedirse protección de las garantías de confianza o buena fé, cuando se esta actuando contrario al órdenamiento jurídico.  

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